jueves

Uso de las tecnologías emergentes en la Administración del ciclo de vida de la información

Hardware libre
       
      Mediante el desarrollo del hardware libre nacional, se puede aportar mucho valor agregado y de una gran calidad, de manera que todo ese conocimiento de calidad se vaya hacia los niveles sociales más bajos, donde están las cooperativas, donde están una serie de factores que actúan en el país y que están excluidos. Porque el conocimiento no es patrimonio de nadie, el conocimiento es patrimonio de la humanidad, entonces no puede ser que el hardware sea propiedad de alguien, y en último caso, ese alguien tuvo que basarse en algo previo y eso es patrimonio de todos.

       No es suficiente con comprar hardware, no es suficiente con importar y convertirnos en usuarios.
            
       Lo que se quiere lograr es que Venezuela tenga seguridad en el campo del hardware, para que tenga cierto nivel de desarrollo humano y darle el poder del conocimiento al pueblo.
                            
       Es tiempo de que nosotros los venezolanos comencemos a pensar en crear nuestras propias tecnologías, porque tenemos capital humano, tenemos grandes recursos humanos, cantidad de personal formado, al igual que una gran riqueza de recursos naturales renovables y no renovables.

Actualmente los países desarrollados ejercen dominio tecnológico creando dependencia en los países en vías de desarrollo, lo que ha representado un obstáculo en las capacidades de generar avances en este sector. Es necesario estar concientes de nuestra situación geopolítica, de los recursos que poseemos y la posibilidad de establecer estrategias de intercambios que faciliten la transferencia de tecnología, a fin de proyectar políticas que permitan establecer, en primer termino, mejores condiciones de negociación y, en un segundo paso, la posibilidad de crear y fomentar una industria en este sector que sea viable, sustentable y que aglomere todas aquellas iniciativas orientadas al desarrollo endó- geno en esta materia, y disminuir paulatinamente esa brecha y esa dependencia de las tecnologías desarrolladas en otras latitudes. Es por esto que en el marco del "Taller para la Elaboración de Políticas Públicas para el Uso y Adquisición del Hardware en la Administración Pública Nacional", se discutieron los elementos necesarios para la elaboración de los lineamientos de políticas en materia de hardware, a fin de contribuir al fortalecimiento del Proyecto "Marco Regulatorio en Tecnologías de Información" (MARTI) cuyo objetivo general es "diseñar y establecer el conjunto de parámetros regulatorios, de evaluación y seguimiento a la gestión en Tecnologías de Información y Comunicación (TIC) a fin de apoyar el proceso de modernización de la Administración Pública Nacional". En tal sentido, se determinó que el adecuado uso del hardware está íntimamente vinculado a los aspectos centrales de la política nacional de Tecnologías de Información y Comunicación, entre los cuales podemos mencionar la necesidad de aprovechar al máximo el uso y la unificación de los recursos de tecnología por parte del Estado; garantizar la soberanía tecnológica, evitar la dependencia y el determinismo tecnológico y hacer sostenibles las inversiones del Estado en materia de tecnologías de información. "La innovación en el área de hardware tiene una importancia decisiva en la economía del cambio científico y tecnológico así como a los aspectos institucionales, no sólo en las políticas activas orientadas a la consoli- dación y al desarrollo de los grandes organismos de investigación, sino también en la preparación de los planes y programas nacionales que sirven de base para la formulación del presupuesto nacional". Convencidos de que debemos ir hacia la autonomía y la soberanía tecnológica, consideramos que la industria del hardware dará sin duda una transformación al área de Ciencia y Tecnología en la República.

Las políticas de Estado en el área de hardware deben prever igualmente todo los detalles referentes a redes contractuales y propiedad intelectual. Las redes contractuales presuponen la autonomía de las empresas vinculadas entre sí y que trabajan en forma independiente. En lo que respecta a la propiedad intelectual del innovador en el área de hardware, las políticas enmarcarán todos los escenarios, a fin de incentivar la creatividad y la investigación científica. Los convenios Marco especificarán entonces el grado de protección a la propiedad intelectual, a fin de garantizar el cúmulo de conocimientos de la República y que la industria se proyecte a niveles altamente competitivos. La acción colectiva y la colocación del conocimiento al alcance del pueblo abrirá el camino a la industria nacional del hardware.
                            
Resolución

En ejercicio de la atribución conferida en el artículo 26 de la Ley Orgánica de Ciencia, Tecnología e innovación.
                           
Considerando

Que como parte del proceso de mejora en el funcionamiento de las dependencias del Ejecutivo Nacional, se hace necesario establecer las formas de ejecutar procesos internos con las cualidades de claridad, eficacia, legalidad, rapidez en la ejecución y certeza para quienes las aplican.
                          
Considerando

Que el Estado promueve el desarrollo de hardware de producción nacional para contribuir al fortalecimiento del desarrollo endógeno y a la reducción de la dependencia de proveedores multinacionales en materia de hardware.

Considerando

Que el Estado a través del Ministerio de Ciencia y Tecnología promueve la cooperación internacional en materia de hardware, garan- tizando la transferencia tecnológica, a fin de lograr la independencia y la soberanía nacional en esta materia.

Artículo 1: Los órganos y entes de la Administración Pública Nacional deberán mantener actualizado el registro de los inventarios de hardware a través del sistema para el registro de la plataforma de tecnología de información del Ministerio de Ciencia y Tecnología, para centralizarlos y establecer las necesidades y prioridades de cada organismo público en materia de equipamiento tecnológico.

Artículo 2: Los órganos y entes de la Administración Pública Nacional deben implantar modelos de arquitectura de hardware que permitan la interoperabilidad con el resto de las plataformas existentes en los organismos de la Administración Pública Nacional, de preferencia considerar modelos de arquitectura abierta teniendo en consideración el decreto presidencial 3.390 de fecha 23 de diciembre de 2004, publicado en Gaceta Oficial de la Republica Bolivariana de Venezuela N 38.095 de fecha 28 de Diciembre de 2004.
        
Artículo 3: Los órganos y entes de la Administración Pública Nacional, deben garantizar la capacitación, entrenamiento continuo y certificación del recurso humano de tecnologías de información y comunicación en el modelo de arquitectura de la plataforma utilizada.

Artículo 4: Los órganos y entes de la Administración Pública Nacional deben garantizar el mantenimiento preventivo y correctivo adecuado de los activos en el área de informática.
        
Artículo 5: Para la adquisición de hardware los órganos y entes de la Administración Pública Nacional deben cumplir con:
   
a) Incentivar la industria nacional, por ende se debe considerar en primera instancia la producción nacional.

b) Garantizar la transferencia tecnológica para permitir la apropiación del conocimiento en materia de hardware.

c) Incluir todos los programas controladores (drivers) y software necesario para los equipos a adquirir, que garanticen su correcto funcionamiento.

d) Tener preferentemente instalado software libre desarrollado con estándares abiertos.
    
Artículo 6: La presente resolución entrará en vigencia a partir de su publicación en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela.



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